RADICACIONES | Si la documentación se encuentra en legal y debida forma se efectúa una radicación completa en el sistema y a partir de allí se inicia el conteo de los 45 días para expedir el acto administrativo. Si, por el contrario, la documentación no cumple con todos los requisitos, el usuario tendrá un plazo de máximo 30 días hábiles para subsanar lo requerido, o en su defecto finaliza la solicitud. |
CARTAS DE VECINOS COLINDANTES | Según el tipo de licencia, los vecinos del proyecto son notificados y cuentan con 10 días hábiles a partir del recibido de la comunicación para emitir algún pronunciamiento sobre el proyecto. Todo pronunciamiento es revisado y el concepto correspondiente es notificado al vecino. colindante. |
REVISIÓN DEL TRÁMITE Y EXPEDICIÓN DE CARTA DE OBSERVACIONES | Incluye la revisión detallada de la documentación del proyecto. Si el proyecto no tiene observaciones se expide la viabilidad y la liquidación de la licencia, la cual es entregada al usuario para realizar el pago correspondiente máximo 30 días hábiles. Con la expedición de este documento termina el plazo de 45 días hábiles con que cuenta la Curaduría. En caso de existir observaciones se genera un acta y se revisa con el usuario, el cual cuenta con 45 días hábiles para subsanarlas. |
LIQUIDACIÓN DE EXPENSAS Y REVISIÓN DOCUMENTAL | Incluye la identificación del tipo de proyecto según el uso y los metros cuadrados, el pago del cargo fijo y la validación de toda la documentación física entregada por el usuario, con el objetivo de verificar que esta se encuentre en legal y debida forma según la normatividad. |
DECISIÓN Y EXPEDICIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO | Se expide el acto administrativo con base en los resultados del proceso. Si el proyecto cumplió con los requisitos y el usuario realizó el pago en los tiempos establecidos se expide la licencia definitiva. De lo contrario el documento corresponde al desistimiento o negación del proyecto, se notifica al usuario y se archiva. |